Derechos fundamentales en debate
Principios consagrados en el artículo 1 de la actual Constitución vs Propuesta de Nueva Constitución.
Es menester tener presente que aquello que se entiende como una vida digna, varía de acuerdo a las personas y las culturas. Normalmente, la vida digna se vincula a la posibilidad de dormir bajo techo, alimentarse todos los días, tener acceso a la educación y a los servicios de salud, entre otros aspectos que se consideran imprescindibles para que un ser humano pueda subsistir y desarrollarse.

Es menester tener presente que aquello que se entiende como una vida digna, varía de acuerdo a las personas y las culturas. Normalmente, la vida digna se vincula a la posibilidad de dormir bajo techo, alimentarse todos los días, tener acceso a la educación y a los servicios de salud, entre otros aspectos que se consideran imprescindibles para que un ser humano pueda subsistir y desarrollarse . . .
Comentarios (1)
Cristian avagliolo La columnista de escaños reservados de Libertad y Desarrollo afirma que el proyecto de nueva constitución «no se establece el resguardo de la seguridad nacional y la protección de la población en general», sin justificar sus dichos, lo que no puede hacer, sencillamente porque dicha afirmación es falsa. La columnista, sólo a via de ejemplo y respecto de la protección de las personas, debe leer los artículos 20 a 33, en que se protege especialmente a ninños, niñas y adolescentes, personas neurodivergentes, personas mayores, personas con discpacidad, etc. Esto no es una columna, es parte de la campaña de noticias falsas. Una verguenza para este medio que esntendía serio.





