Diario Constitucional

Crisis en el sistema internacional

Principios internacionales antiguos y nuevos.

Las actuales relaciones internacionales y profundas divisiones entre las grandes potencias, algunos Estados entre sí, muestran una paralización del sistema de paz y seguridad mundiales. La agresión rusa a Ucrania, o las amenazas de China a Taiwán, son representativas. Asimismo hay quienes privilegian sus intereses por sobre las medidas o condenas a los responsables, sin adherir o soslayándolas impunemente.

08 de agosto de 2022·5 min de lectura
Imagen: Human Rights Watch.
Referencial

Hay plena conciencia en el derecho internacional, que los Principios Generales reconocidos tienen un valor esencial. Constituyen una de sus fuentes tradicionales (Art. 38.c. del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia), y permiten aunar tantos sistemas jurídicos del mundo, si difieren entre sí, o asignan distinto valor a las otras fuentes, al predominar múltiples factores discordantes. Basta con mencionar aquellos en que es la ley, en su sentido amplio, la que se impone, y en otros, la costumbre, las sentencias, las tradiciones jurídicas, religiosas o culturales, que las inspiran.

La Carta de las Naciones Unidas expresa que, para la realización de sus propósitos (Art. 1): “la Organización y sus Miembros procederán de acuerdo con los siguientes Principios” (Art. 2), siendo los principales: igualdad soberana; buena fe; solución pacífica de controversias; abstención de la amenaza o el uso de la fuerza; prohibición de ayudar al Estado contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva; hacer que los no miembros se conduzcan de acuerdo a estos Principios para mantener la paz y seguridad internacionales; no intervención en la jurisdicción interna de los Estados, excepto si el Consejo de Seguridad aplica medidas coercitivas, en caso de, amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión (Capítulo VII). Son los fundamentales, y más comunes a la conciencia jurídica de los Estados. Pero no los únicos.

Desde la Carta (1945), que cumplirá 80 años el 2025, cada uno de estos principios se ha visto reafirmado, desarrollado y concordado por tratadistas de todas las naciones, además de repetirse en numerosos instrumentos, tratados, sentencias o resoluciones del más alto valor, o reiterados enfáticamente, al explicar las demás fuentes que dan origen al moderno derecho internacional, que evoluciona respetándolos. Así, se han afianzado y desarrollado jurídicamente (lo consigna el Profesor Hugo Llanos en su reciente edición actualizada de su Teoría y Práctica del Derecho Internacional), como: legítima defensa (Art. 51 Carta); Fortalecimiento de la Seguridad Internacional (Res. 2734); Aplicación de la anterior (Res. 2880); Agresión (Res. 3314 (XXIX); Prevención de una Catástrofe Nuclear (Res. 36/100); Libre determinación (Res. 1514 (XXV); y Relaciones de Amistad y Cooperación (Res. 2625 (XXV), por sólo aludir a los más citados.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.