Diario Constitucional

Medios comunitarios indígenas

Radiodifusión y derechos culturales indígenas.

La identidad cultural es el componente esencial que define a un grupo humano como un colectivo diferenciado y tiene un carácter evolutivo y dinámico. Cualquiera medida que adopte el Estado destinada a proteger los derechos de estos pueblos debe partir del respeto de sus formas de vida únicas y particularidades propias. El derecho a transmitir la cultura propia se vincula el derecho a acceder a los diferentes medios a través de los cuales se manifiesta este tipo de libertad de expresión, entre ellos, la radiodifusión.

24 de febrero de 2022·11 min de lectura
imagen: tarapacaenelmundo.com
Referencial

La presente comunicación es un comentario a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Caso Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y otros vs Guatemala, 6 de octubre de 2021.

I. Antecedentes Previos:

Una acabada comprensión del fallo supone antecedentes sobre a) El concepto de cultura, b) el concepto de autodeterminación o libre determinación y c) la noción de “radio comunitaria”.

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