Diario Constitucional

Derecho internacional aplicable

Una sentencia postergada.

Derecho Internacional, que según su Estatuto debe aplicar. Las demás fuentes, son aquellas que el artículo 38 señala: tratados, costumbre y principios generales; así como la jurisprudencia y doctrinas de los publicistas, como fuentes auxiliares. Aunque no son las únicas.

17 de julio de 2013·1 min de lectura

Derecho Internacional, que según su Estatuto debe aplicar. Las demás fuentes, son aquellas que el artículo 38 señala: tratados, costumbre y principios generales; así como la jurisprudencia y doctrinas de los publicistas, como fuentes auxiliares. Aunque no son las únicas . . .

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