Derecho internacional aplicable
Una sentencia postergada.
Derecho Internacional, que según su Estatuto debe aplicar. Las demás fuentes, son aquellas que el artículo 38 señala: tratados, costumbre y principios generales; así como la jurisprudencia y doctrinas de los publicistas, como fuentes auxiliares. Aunque no son las únicas.
Derecho Internacional, que según su Estatuto debe aplicar. Las demás fuentes, son aquellas que el artículo 38 señala: tratados, costumbre y principios generales; así como la jurisprudencia y doctrinas de los publicistas, como fuentes auxiliares. Aunque no son las únicas . . .


