
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.
Cotizaciones previsionales deben ser pagadas con los respectivos intereses, si la relación entre las partes ha sido declarada como laboral.
El Fisco debe pagar las cotizaciones previsionales adeudadas a un funcionario respecto del cual fue declarada la existencia de la relación laboral, en atención a las reglas del artículo 63 del Código del Trabajo, pero sólo al período correspondiente en que la sentencia de primer grado quede firme y ejecutoriada.
27 de octubre de 2023