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#asignación de experiencia

Imagen: ChatGPT/Elke

Nulidad laboral

Corte de Talca mantiene pago de asignación de experiencia a funcionarios municipales

El tribunal de alzada acogió parcialmente el recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad de Curicó, únicamente respecto de una demandante cuya acción ya había sido rechazada en un juicio anterior por efecto de un desistimiento firme. Sin embargo, rechazó la nulidad y mantuvo la sentencia que reconoció a los demás trabajadores el derecho a percibir la asignación de experiencia contemplada en el reglamento interno municipal

05 de junio de 2026

Corte Suprema ordena pagar asignación de experiencia a trabajador no docente de la Municipalidad de Curicó

Corte Suprema ordena pago

Corte Suprema ordena pagar asignación de experiencia a trabajador no docente de la Municipalidad de Curicó

La denominada “asignación de experiencia” constituye remuneración protegida por el Código del Trabajo y que un dictamen de la Contraloría no puede privar al trabajador de ese derecho cuando deriva del vínculo laboral y de un reglamento municipal vigente. Voto en contra; tratándose de personal no docente de establecimientos educacionales municipales, el pago de asignaciones no previstas en el Código del Trabajo contraviene el principio de legalidad del gasto público y la obligatoriedad de los dictámenes de la Contraloría para los órganos de la Administración del Estado, incluidas las municipali

19 de marzo de 2026

Pandemia del Covid-19 no es excusa válida para que el demandante no cumpla con el impulso procesal de hacer avanzar el juicio.

Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

Acción para exigir el pago de la “asignación de experiencia” para el personal paradocente prescribe en el plazo de dos años, resuelve la Corte Suprema.

Pese a no estar regulada por el Código del Trabajo, el pago de la asignación se entiende integrada por su naturaleza a éste al constituirse como un aumento permanente a la remuneración del trabajador, por lo tanto, la acción para exigir su pago prescribe en el plazo de 2 años establecido en el artículo 510 del Código del Trabajo, y no según las reglas del derecho común.

08 de noviembre de 2023