
Recurso de casación en el fondo acogido.
La cláusula penal tiene carácter de indemnización moratoria y no está concebida como equivalente a la obligación principal acordada por ambas partes.
El demandado debía pagar los intereses estipulados en la cláusula al incumplir el pago de las rentas de arrendamiento, en razón de la obligatoriedad contractual y la autonomía de la voluntad.
05 de agosto de 2022