
Artículo 235 del Código de Minería.
Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la excepción de incompetencia absoluta del tribunal y le ordenó al 24° Juzgado Civil capitalino emitir derechamente pronunciamiento de fondo sobre la reclamación por cierre de faena minera.
El Tribunal de alzada estableció que las reclamaciones que contempla la Ley N°20.551 no abarcan solo las multas, sino que todo el espectro de sanciones que puede aplicar el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin).
29 de abril de 2021