
Al tratarse de una persona jurídica sin fines de lucro, sólo en casos excepcionales, está gravada con tributos
CS acogió recurso de casación en el fondo y reclamación tributaria presentada por el Club Deportivo Huachipato por el pago de impuestos por ingresos generados por publicidad y entrega de souvenirs.
El máximo Tribunal estableció error de derechos del SII al gravar actividades que se encuentran exentas del pago de impuestos.
05 de enero de 2021