
Tribunal Supremo de España.
No procede la condena en costas a un cliente que gana una demanda contra su banco, pero que obtiene lo mismo que previamente la entidad le había ofrecido en un acuerdo extrajudicial.
Se consideró que el consumidor había actuado de mala fe, porque obtenía lo mismo en vía extrajudicial y forzaba la intervención judicial para beneficiarse de una condena en costas a la entidad demandada.
21 de septiembre de 2022