
Ley N° 19.496.
No procede solicitar que se cobre el precio publicado del producto si el comprador eligió pagar en cuotas las que llevan asociadas el cargo de intereses.
El SERNAC no acreditó que se ofreció la venta del producto con la modalidad de cuotas, a precio contado, por lo que el cobro de intereses se ajustó a derecho, más si así está establecido en los términos y condiciones del medio de pago.
08 de febrero de 2023