
Recurso de casación en el fondo rechazado.
Tesorería Regional del Maule no acreditó en tercería de prelación la inexistencia de otros bienes suficientes distintos a la finca hipotecada a favor del ejecutante, por lo que debe ser desestimada.
De esta forma, pese a tener un privilegio de mayor rango que el acreedor hipotecario, no cumplió con la condición que impone el inciso primero del artículo 2478 del Código Civil.
21 de mayo de 2022