Diario Constitucional

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#declaración de un único empleador

aval

Recurso de casación en el fondo acogido.

Ex trabajadores de persona que solicitó su liquidación concursal son declarados acreedores preferentes del deudor por la Corte Suprema.

Pese a que la liquidadora concursal impugnó los créditos de los recurrentes, el máximo Tribunal estimó que aquellos gozaban de preferencia en el pago de los montos obtenidos en sede laboral, debido a que tanto la persona del deudor, como las empresas que llevaban su mismo nombre constituían un único empleador en los términos del artículo 3 del Código del Trabajo, por ende, no se le podía eximir de la reclamación del crédito de sus antiguos dependientes.

13 de enero de 2024