
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.
ENAP es solidariamente responsable de incumplimientos laborales de empresa contratista en contra de sus trabajadores.
Los demandantes fueron contratados por la empresa contratista para efectuar labores en dependencias de ENAP, propias de su giro, y de suma utilidad para el desarrollo de sus actividades, por lo que existe trabajo en régimen de subcontratación y la empresa estatal debe responder de forma solidaria en favor de los actores.
11 de enero de 2024