Diario Constitucional

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#DOBLE INSTANCIA

Imagen: ChatGPT/Elke

Recursos disciplinarios en salud

Rechazo de los recursos de apelación subsidiarios a los funcionarios públicos contratas dependientes de establecimientos de salud declarados autogestionados en red: ¿Afectación a los principios y garantías del debido proceso?

La imposibilidad de apelar las sanciones disciplinarias aplicadas a funcionarios a contrata de establecimientos públicos de salud autogestionados en red, conforme al criterio sostenido por la Contraloría General de la República y ratificado por la Corte Suprema, plantea interrogantes respecto de las garantías que deben regir los procedimientos administrativos disciplinarios. El autor sostiene que esta interpretación podría afectar la igualdad ante la ley, el principio de doble instancia y el derecho a recurrir, por lo que plantea revisar dicha jurisprudencia a la luz del debido proceso y de lo

09 de agosto de 2026

Imagen: blogs.totalabogados.cl

Con votos en contra

TC rechaza inaplicabilidad de norma que impide apelar resoluciones intermedias en juicios de partición

Concluye que la restricción de apelaciones busca agilizar el proceso y no vulnera el debido proceso. Se trata de una cuestión de interpretación legal, no constitucional. El derecho al recurso no implica necesariamente el derecho a apelar todas las resoluciones. Legislador tiene autonomía para diseñar el régimen de recursos, siempre que respete las garantías constitucionales.

20 de diciembre de 2025

Imagen: Conceptos Jurídicos

Derecho al recurso.

Norma que limita la apelación en sede laboral a determinadas resoluciones se ajusta a la Constitución. Sin embargo, aquella que establece el anatocismo produce efectos inconstitucionales en el caso concreto.

La Magistratura Constitucional señala que incluso si se reconociera que existe un derecho a la doble instancia, de ello no se sigue ni se deriva necesaria y correlativamente la apelabilidad de todas y cada una de las resoluciones que se dicten en el transcurso del procedimiento. Tal modelo sería impracticable y pugnaría con la racionalidad y justicia exigida por el inciso sexto del artículo 19 N° 3 de la Constitución.

09 de julio de 2024