
Corte Suprema confirma fallo
Si no se acredita que el nacimiento ocurrió en Chile, la negativa a inscribirlo se ajusta a derecho.
El Servicio informó que la negativa no es un rechazo definitivo a la inscripción de nacimiento, toda vez que puede mejorarse la calidad de los testigos que aporten información fidedigna, requiriendo que dos personas den fe del hecho del parto y de la identidad de la madre, que sean idóneos y que sus dichos no sea equívocos.
25 de marzo de 2025