
Recurso de amparo acogido, con voto en contra.
Cargador de celular no es un elemento prohibido dentro del establecimiento penitenciario, por lo que la interna no puede ser sancionada, resuelve Corte de Valparaíso.
Si bien el Reglamento Penitenciario prohíbe la tenencia de teléfonos celulares, para el funcionamiento de estos aparatos es indispensable contar tanto con un cargador específico como un chip que sea compatible, los que, por ende, forman parte del mismo instrumento electrónico, refiere el voto en contra.
28 de agosto de 2023