
Línea jurisprudencial.
Despido por negativa a trabajar sin causa justificada en las faenas convenidas en el contrato.
No basta la mera negativa a trabajar ya que es preciso que pueda predicarse de esa negativa que sea “injustificada”, esto es, que no haya ninguna causa o razón que pueda explicarla o legitimarla.
10 de junio de 2024