Diario Constitucional

Tema

#Ley N° 21.595

Fondo E: Responsabilidad fiduciaria, debida diligencia y la frontera entre riesgo y responsabilidad

Fondo e: pérdidas fiduciarias

Fondo E: Responsabilidad fiduciaria, debida diligencia y la frontera entre riesgo y responsabilidad

A propósito de las pérdidas registradas en el Fondo E durante 2026, la autora examina los deberes fiduciarios y de diligencia que el D.L. N°3.500 impone a las AFP, sus directores y ejecutivos. Sostiene que una pérdida de rentabilidad no constituye por sí sola una infracción, pero advierte que las decisiones de inversión deben evaluarse según los riesgos previsibles, los controles aplicados y la protección del patrimonio de los afiliados. Asimismo, analiza las posibles responsabilidades civiles, administrativas y penales, así como las condiciones para exigir la reparación de los perjuicios.

31 de octubre de 2026

centromedicotriosalud.cl

Dictamen

Contraloría detecta graves inconsistencias en licitación de la Subsecretaría de Salud Pública para almacenamiento y monitoreo de vacunas

La Contraloría representó las bases de licitación elaboradas por la Subsecretaría de Salud Pública para el servicio de monitoreo y mantenimiento de depósitos de vacunas, detectando múltiples inconsistencias normativas, omisiones y contradicciones que afectan la legalidad del proceso y ordenando corregir integralmente el pliego antes de continuar con la contratación.

18 de noviembre de 2025

Novación del leaseback en favor de sociedad del mismo grupo empresarial realizada antes de la liquidación concursal, configura fraude concursal si reduce injustificadamente el patrimonio del deudor y afecta el derecho de los acreedores.

Fraude concursal en leaseback

Novación del leaseback en favor de sociedad del mismo grupo empresarial realizada antes de la liquidación concursal, configura fraude concursal si reduce injustificadamente el patrimonio del deudor y afecta el derecho de los acreedores.

El perjuicio para los acreedores es una exigencia que, más allá de su naturaleza jurídica, alude inequívocamente a los intereses patrimoniales de quienes tienen un crédito en contra de la empresa deudora, y ven disminuidas las posibilidades de verlos satisfechos.

10 de marzo de 2025

Germán Ovalle Madrid, doctor en derecho de la Universidad de Barcelona y postdoctorado de la Universidad Santiago de Compostela y Universidad de Salamanca: “Antes de la Ley 21.595 no existía un cuerpo legal que agrupara las figuras que hoy se consideran “criminalidad económica”; tampoco existía un reconocimiento expreso ni un tratamiento sistematizado y diferenciado a la criminalidad común”.

Criminalidad económica en Chile

Germán Ovalle Madrid, doctor en derecho de la Universidad de Barcelona y postdoctorado de la Universidad Santiago de Compostela y Universidad de Salamanca: “Antes de la Ley 21.595 no existía un cuerpo legal que agrupara las figuras que hoy se consideran “criminalidad económica”; tampoco existía un reconocimiento expreso ni un tratamiento sistematizado y diferenciado a la criminalidad común”.

La Ley establece un estatuto diferenciado de determinación de pena para los denominados “delitos de cuello y corbata”, aumentando las sanciones y ampliando el catálogo de delitos imputables a las empresas.

01 de diciembre de 2024