
No denunció infracción de leyes reguladoras de la prueba.
Recurso de casación en el fondo no puede prosperar si no se denuncia y explica como resultan infringidas las leyes decisorias litis, resuelve la Corte Suprema.
Resolvió que el recurrente debió dar por infringidos los artículos 1545 y 1915 del Código Civil y el artículo 8 de la Ley N° 18.101, que establecen la responsabilidad contractual, los elementos del contrato y las normas procedimentales aplicables, fundamentales para decidir la controversia.
21 de noviembre de 2024