Diario Constitucional

No denunció infracción de leyes reguladoras de la prueba.

Recurso de casación en el fondo no puede prosperar si no se denuncia y explica como resultan infringidas las leyes decisorias litis, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que el recurrente debió dar por infringidos los artículos 1545 y 1915 del Código Civil y el artículo 8 de la Ley N° 18.101, que establecen la responsabilidad contractual, los elementos del contrato y las normas procedimentales aplicables, fundamentales para decidir la controversia.

Por Redacción·21 de noviembre de 2024·4 min de lectura
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Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base que acogió la demanda y declaró terminado el contrato de arriendo.

La causa versa sobre una demanda de término de contrato de arrendamiento de un inmueble.

El tribunal de primera instancia acogió la acción, declaró terminado el contrato y ordenó a la arrendataria retirar los candados que bloquean el acceso al inmueble. Por otro lado, rechazó la solicitud de indemnización de perjuicios presentada por la parte demandante.

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