
Reglamento de copropiedad.
Comunidad que impidió el retiro de bienes muebles de bodega a arrendataria no vulneró el derecho de propiedad.
Se constató que la recurrente infringió la normativa del reglamento de copropiedad del edificio, que exige notificar con 48 horas de antelación a la conserjería sobre cualquier mudanza, para coordinar la protección del ascensor el día de la mudanza y evitar daños a las instalaciones.
17 de octubre de 2024