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Corte Suprema exige acción municipal ante crisis por personas en situación de calle en Iquique

Recurso de protección acogido

Corte Suprema exige acción municipal ante crisis por personas en situación de calle en Iquique

Reconoce la necesidad de acciones coordinadas para proteger derechos de residentes y gestionar el espacio público en la Península de Cavancha. Ordena a la Municipalidad adoptar un plan de medidas y seguimiento. Las obligaciones municipales son de naturaleza ininterrumpida y requieren periodicidad. Situación vulnera el derecho a la integridad física y psíquica de los vecinos. También se ve afectado el derecho de propiedad protegido constitucionalmente

08 de noviembre de 2025

Imagen: Melipilla.cl

Recurso de protección rechazado.

Ordenanza municipal que prohíbe la instalación de “coleros” en ferias libres de Iquique se ajusta a derecho.

Los recurrentes reconocen que no poseen los permisos necesarios para instalarse en la calle y comerciar bienes, por lo que la magistratura estimó que mediante la acción cautelar no pueden pretender revestir de legalidad una actividad informal, pues ello implicaría un ejercicio abusivo del derecho que consagra el artículo 20 de la Constitución.

04 de enero de 2024

Imagen: Cooperativa

Recurso de protección acogido.

Corte Suprema ordena a la Municipalidad de Iquique dejar de depositar basura en el vertedero El Boro e iniciar de inmediato el proceso de cierre del relleno sanitario.

La Tercera Sala del máximo tribunal dio plazo de 30 días al municipio para completar el compactado y sellado de la totalidad de la basura depositada y presentar el plan de cierre definitivo del relleno, cuya continuidad operativa ha puesto en peligro la vida y salud de los vecinos de Iquique y Alto Hospicio.

09 de marzo de 2023

Imagen: Municipioiquique.cl/

Recurso de protección acogido.

Corte de Iquique ordena a Municipalidad de esa ciudad adoptar todas las medidas necesarias para fiscalizar y evitar la instalación de comerciantes no autorizados en feria itinerante.

Al evidenciarse falencias en la función fiscalizadora de la Municipalidad, conforme a su propia normativa, siendo responsable de su aplicación y eficaz cumplimiento, incurre la entidad edilicia en una omisión al no decretar medidas efectivas que propendan a la sana convivencia vecinal.

10 de mayo de 2022