
Recurso de protección acogido por Corte de Antofagasta.
ISAPRE debe equiparar las coberturas de salud mental, incluidas las terapias y tratamientos asociados a la condición de Trastorno del Espectro Autista, con las de salud física conforme al plan de salud de la recurrente.
Los contratos de salud deben conformarse a las normas vigentes, más aún cuando éstas tienen por objetivo resguardar la garantía constitucional de la igualdad, al prohibir la discriminación.
25 de junio de 2024