
Ley N°19.496.
Mueblería no está obligada a responder por defectos de un producto vendido de segunda selección si fueron informados oportunamente al consumidor, resuelve la Corte de Punta Arenas.
Se descartó también la infracción al artículo 3 letra b) de la Ley del Consumidor, tras estimar que no se puede desprender una obligación en particular para el proveedor de una norma de carácter genérico como la referida.
27 de septiembre de 2022