
Recurso de protección acogido por
Acto administrativo de invalidación dictado mientras el acto estaba siendo revisado en sede judicial es ilegal al infringir artículo 54 de la Ley N°19.880.
El artículo 54 de la Ley N°19.880 dispone que “Si respecto de un acto administrativo se deduce acción jurisdiccional por el interesado, la Administración deberá inhibirse de conocer cualquier reclamación que éste interponga sobre la misma pretensión”.
19 de diciembre de 2024