
Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.
Medida cautelar de retención de un porcentaje de la remuneración de un funcionario sumariado debe ser notificada, en caso contrario el acto carece de validez.
En medio de una investigación por irregularidades en un remate, y la pérdida de 25 lotes de alhajas, la Dirección General de Crédito Prendario dio curso al descuento del 50% de la remuneración del funcionario investigado, quien se enteró de dicha cautelar al momento de recibir su liquidación de remuneraciones, por lo que acusó a la entidad de infringir el artículo 51 de la Ley Nº19.880 al no notificar la sanción, y vulnerar así su derecho de propiedad.
14 de mayo de 2024