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Protección al consumidor

Robo en estacionamiento: Corte confirma responsabilidad del supermercado, pero reduce indemnización

La Corte de Santiago confirmó la responsabilidad de un supermercado por incumplir su deber de seguridad frente a un cliente cuyo vehículo fue robado mientras permanecía en el estacionamiento del establecimiento. Sin embargo, redujo la multa aplicada y rebajó las indemnizaciones por daño emergente y daño moral al estimar que parte de las especies sustraídas no fueron suficientemente acreditadas, manteniendo únicamente la reparación del vehículo y una compensación por el perjuicio moral sufrido.

10 de agosto de 2026

Suprema deja firme fallo que ordenó terminar con el cargo de “Operador de Tienda”

Suprema confirma fin del operador

Suprema deja firme fallo que ordenó terminar con el cargo de “Operador de Tienda”

El máximo tribunal declaró inadmisible el recurso presentado por una de las empresas demandadas y mantuvo la sentencia que concluyó que el sistema de multifuncionalidad vulneró la integridad física y psíquica de los trabajadores. El fallo ordenó cesar la aplicación del cargo de “Operador de Tienda” u “Omnioperador”, pero rechazó la indemnización por daño moral solicitada colectivamente por las organizaciones sindicales.

21 de julio de 2026

imagen: larescvalenciana.org

Principio de reparación.

Supermercado debe indemnizar a adulta mayor que sufrió graves lesiones al caer en sus dependencias, ordena un tribunal argentino.

El caso tiene directa relación con el principio de reparación plena, pero también con las garantías y derechos humanos de la actora como integrante de aquel grupo vulnerable: derecho a la vida y a la dignidad en la vejez, derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal, derecho a recibir servicios de cuidado a largo plazo, entre otros (Convención Interamericana sobre protección de los derechos humanos de las personas mayores).

23 de septiembre de 2024

Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad deducido por cadena de supermercados y mantuvo la multa de 40 UTM por deducir indebidamente los bonos de sala cuna al considerarlos parte de la remuneración y, por ende, imponibles.

"No puede sostenerse que la compensación monetaria percibida por la trabajadora constituya remuneración".

Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad deducido por cadena de supermercados y mantuvo la multa de 40 UTM por deducir indebidamente los bonos de sala cuna al considerarlos parte de la remuneración y, por ende, imponibles.

El Tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, que rechazó con costas la reclamación de multa impetrada.

04 de mayo de 2021

Imagen: www.65ymas.com

Supermercados estarían vendiendo estos productos al pequeño comercio "fijando" altos precios.

Gremio Nacional de Dueños de Botillerías interpuso ante la FNE una denuncia apuntando un «grave desabastecimiento» de parte de las distribuidoras, y acusándolas de estar privilegiando al canal de supermercados.

Se afirma que ante este supuesto quiebre de stock, "todos los productos señalados se encuentran desde septiembre del año pasado y hasta la fecha, completamente abastecidos en todos los supermercados a nivel nacional".

17 de febrero de 2021