"La gravedad del hecho está dada por la reiteración de tal circunstancia, dado que son muchos los periodos impagos".
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de autodespido interpuesta por reponedora en contra de supermercado.
El Tribunal estableció que la supermercadista incumplió con la obligación legal de pagar oportunamente las cotizaciones previsionales de la demandante.

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de autodespido interpuesta por trabajadora en contra de la empresa Supermercados Montserrat SAC.
La sentencia sostiene que, conforme se desprende de los certificados de cotizaciones previsionales obligatorias de AFP Capital, y certificado de cotizaciones previsionales voluntarias de AFP Capital de la actora, ambos de fecha 13 de julio de 2020, así como de los certificado de cotizaciones previsionales obligatorias de salud de Fonasa y de AFC correspondientes a la actora, los dos datados 17 de julio de 2020, la demandada adeuda un número importante de cotizaciones previsionales, mismas que se reclaman en autos. Con los referidos documentos, además, queda acreditada la fecha en que la demandante tomó conocimiento del incumplimiento en que fundó su autodespido, lo que el demandado señala haberse omitido en la demanda, siendo un hecho que se indica expresamente en la carta de desvinculación.
La resolución agrega que, asimismo, el incumplimiento referido ha sido corroborado con los oficios que la demandante solicitó remitir a Afp Capital, Fonasa y Afc, cuya respuesta fue incorporada en autos. Por su parte el empleador no acreditó el pago posterior, pues ningún documento acompañó siquiera por la vía de exhibición solicitada por la actora. De este modo, se encuentran claramente acreditados los hechos que la referida misiva contiene, y en los que se funda el despido indirecto de la trabajadora.
Te puede interesar

Fuero maternal.
CGR determinó que procede aplicación de fuero maternal respecto de trabajadora a honorarios que se desempeñaba como encargada de la oficina de cultura de la Municipalidad de Cisnes.

Subcontratación.
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda de despido improcedente y declaró la calidad de empresa principal de JUNJI.

Fraude.
Juzgado de Letras del Trabajo de Calama rechazó acción de tutela laboral y declaró ajustado a derecho el despido de un ex dirigente sindical.

