
Recurso de amparo acogido.
No cobra existencia legal un fallo no transcrito, aun cuando pudiera haberse pronunciado con los elementos que la ley dispone, pues tal pronunciamiento no consta de la manera que ésta lo prevé.
Con ello se afecta los derechos del justiciable, al no poder recurrir del mismo pues no ha llegado a nacer a la vida del Derecho en los términos que éste lo prevé.
22 de octubre de 2022