Calumnia
Las leyes en Chile califican tanto a la injuria como a la calumnia como delitos contra el honor de una persona.

«Explorando los límites entre la libertad de expresión y la responsabilidad legal».
– DEFINICIÓN DE CALUMNIA: Lo encontramos en el artículo 412 del código penal chileno e indica lo siguiente: Es calumnia la imputación de un delito determinado pero falso y que pueda actualmente perseguirse de oficio. – ¿QUÉ NOS INDICA EL ARTÍCULO 413 DEL CÓDIGO PENAL CHILENO?: Establece que la calumnia propagada por escrito y con publicidad será castigada. Indica dos categorías de castigo según el tipo de imputación:
A. Para la imputación de un crimen: pena de reclusión menor en su grado medio y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.
Comentarios (2)
Edison Carrasco Jiménez Estimados, junto con saludarles, quisiera preguntarles, primero, si esta página es chilena, que veo que sí, porque es, .cl. Luego, si se está comentando algún Código Penal extranjero, puede ser el Lituano, o el de Namibia, porque no sé a qué artículos del Código Penal chileno se refieren, cuando la calumnia está normada en el art. 412 del Código Penal chileno. Por lo que creo que este artículo habla del Lituano, pero se equivocaron al señalar en la suma como en el parrafo 3, la mención a «leyes en Chile». Saludos
Sergio Luis Arenas B. Faltó agregar que en Chile, a diferencia de otras legislaciones, la calumnia se limita a acusar falsamente de delitos que fuesen de acción penal pública. («actualmente sea perseguible de oficio») O sea, un delito que obligue al Ministerio Público a actuar. La calumnia en sí no lo es, pero sí el delito acusado falsamente (la regla general es que los delitos sean de acción penal pública)




