Diario Constitucional

Primera sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece exclusión temporal para contratar con el Estado a quienes tengan condenas laborales.

La gestión pendiente incide en un recurso de unificación de jurisprudencia, de que conoce la Corte Suprema.

Por Redacción·17 de mayo de 2018·2 min de lectura
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece exclusión temporal para contratar con el Estado a quienes tengan condenas laborales.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la parte final del inciso primero del artículo 4° de la Ley N° 19.886, que establece la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

El precepto impugnado establece: “Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.

La gestión pendiente incide en un recurso de unificación de jurisprudencia, de que conoce la Corte Suprema, relativo a una causa en que se acogió una denuncia de tutela laboral por prácticas antisindicales en contra de la empresa requirente.

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