Diario Constitucional

Segunda sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que faculta al acreedor para optar por la adjudicación del bien en caso de ausencia de postores.

La gestión pendiente invocada recae en autos sobre enriquecimiento sin causa seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Rengo.

Por Redacción·06 de marzo de 2017·1 min de lectura
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que faculta al acreedor para optar por la adjudicación del bien en caso de ausencia de postores.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el numeral primero del artículo 499 del Código de Procedimiento Civil.

La disposición impugnada señala: “Si no se presentan postores en el día señalado, podrá el acreedor solicitar cualesquiera de estas dos cosas, a su elección:

1a. Que se le adjudiquen por los dos tercios de la tasación los bienes embargados;”.

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