Diario Constitucional

Segunda sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que restringe apelación contra auto de apertura del juicio oral.

La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de Valparaíso por recurso de hecho, en los que los requirentes se encuentran imputados como coautores del delito de usurpación no violenta en grado de consumado.

Por Redacción·01 de marzo de 2018·2 min de lectura
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que restringe apelación contra auto de apertura del juicio oral.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 277 del Código Procesal Penal.

El precepto impugnado establece: “El auto de apertura del juicio oral sólo será susceptible del recurso de apelación, cuando lo interpusiere el ministerio público por la exclusión de pruebas decretada por el juez de garantía de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente. Este recurso será concedido en ambos efectos. Lo dispuesto en este inciso se entenderá sin perjuicio de la procedencia, en su caso, del recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva que se dictare en el juicio oral, conforme a las reglas generales”.

La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de Valparaíso por recurso de hecho, en los que los requirentes se encuentran imputados como coautores del delito de usurpación no violenta en grado de consumado.

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