Segunda Sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que restringe apelación contra auto de apertura del juicio oral que incidirían en juicio por delito de tráfico de pequeñas cantidades.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Valdivia, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de hecho.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 277, inciso segundo, del Código Procesal Penal.
La disposición impugnada establece, en lo que interesa, que “El auto de apertura del juicio oral sólo será susceptible del recurso de apelación, cuando lo interpusiere el ministerio público por la exclusión de pruebas decretada por el juez de garantía de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente. Este recurso será concedido en ambos efectos. Lo dispuesto en este inciso se entenderá sin perjuicio de la procedencia, en su caso, del recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva que se dictare en el juicio oral, conforme a las reglas generales”.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Valdivia, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de hecho, en los que los requirentes son acusados por el delito de tráfico de pequeñas cantidades.
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Nuevamente ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que restringiría recurso de casación en la forma en juicios sobre alimentos.

