Segunda sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas del Código de Procedimiento Penal relativas al sumario, la confesión y las presunciones judiciales que incidirían en proceso por violaciones a DDHH.
El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el debido proceso, especialmente en lo relativo al derecho a la defensa y a guardar silencio, y la igualdad ante la ley.

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, los artículos 110 inciso segundo, 111, 318, 322, 351 inciso primero, 481, 485, 486, y 488 del Código de Procedimiento Penal.
Los preceptos impugnados establecen, en esencia, el valor probatorio de las declaraciones de la policía y la confesión en el antiguo procedimiento penal, la regulación de la etapa de sumario y las presunciones judiciales en el antiguo procedimiento penal.
La gestión pendiente incide en autos criminales, sustanciados ante el Ministro en Visita Extraordinaria Mario Carroza Espinosa, en actual conocimiento de la Corte de Santiago por recursos de casación en la forma y apelación, en los que el requirente fue condenado como autor de los delitos de homicidio calificado de Jorge Pacheco Durán, Denrio Álvarez Olivares y Ernesto Mardones Román, jóvenes asesinados el 19 de diciembre de 1973.
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