Diario Constitucional

Precepto no tiene aplicación decisiva.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que establece pluralidad de autores como circunstancia agravante respecto de delitos sexuales.

La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

Por Redacción·28 de diciembre de 2017·1 min de lectura
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que establece pluralidad de autores como circunstancia agravante respecto de delitos sexuales.
Referencial

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 368 bis, N° 2 del Código Penal.

El precepto impugnado establece, en esencia, que la alevosía y la pluralidad de autores constituyen circunstancias agravantes de la responsabilidad penal respecto a los delitos sexuales regulados en el Código Penal.

La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago por recurso de nulidad.

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