Diario Constitucional

Primera sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas del CPC que establecen reglas de ejecuciones que recaen sobre empresas o establecimientos mercantiles.

La gestión pendiente incide en autos ejecutivos, seguidos ante el 24° Juzgado Civil de Santiago, en los cuales se declaró el embargo de concesiones marítimas, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de queja.

Por Redacción·21 de abril de 2019·1 min de lectura
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas del CPC que establecen reglas de ejecuciones que recaen sobre empresas o establecimientos mercantiles.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucionales, los artículos 444, 447, 450, 451 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el Decreto con Fuerza de Ley N° 340 y al Reglamento sobre concesiones marítimas del 3 de enero del año 2005.

Los preceptos impugnados establecen, en síntesis, reglas de ejecución que recaen sobre empresas o establecimientos mercantiles. Asimismo, versan sobre procedimientos y reglas para que se practique el embargo.

La gestión pendiente incide en autos ejecutivos, seguidos ante el 24° Juzgado Civil de Santiago, en los cuales se declaró el embargo de concesiones marítimas, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de queja.

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