Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que autorizan retener devolución de impuestos a deudores del Fondo Solidario de Crédito Universitario y del CAE.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, el artículo 1° de la Ley N° 19.989 y el artículo 17° de la Ley N° 20.027, que establece el Crédito con Aval del Estado (CAE).
Los preceptos impugnados establecen, en esencia, la facultad de la Tesorería General de la República para retener la devolución anual de impuestos de los deudores del Fondo Solidario de Crédito Universitario y del Crédito con Aval del Estado.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
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Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que permitirían proseguir juicio de arrendamiento en forma contraria al debido proceso.

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