Con disidencias y prevenciones.
TC entrega fundamentos de sentencia que rechazó requerimientos que impugnaban proyecto que regula despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Peña, Aróstica, Romero y Letelier.

El TC entregó el contenido del fallo que rechazó los requerimientos que impugnaban el proyecto de ley que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales (Boletín N° 9895-11).
En su sentencia, y en cuanto al artículo 19 N° 1 inciso segundo de la Constitución, expone en primer término la Magistratura Constitucional que proteger es, sin duda, un deber activo, pues implica cuidar, favorecer, defender. Implica una interferencia no perjudicial cotidiana; y medidas positivas de potenciamiento.
Esta protección no puede significar ni desprotección, en el sentido que no existen medidas de todo tipo e indispensables en resguardo del no nacido; ni sobreprotección, en el sentido de medidas que vayan más allá de lo razonable y sacrifiquen derechos de otros.
Te puede interesar

Con suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que facultan a los alcaldes para inhabilitar y clausurar edificaciones cuando no han sido recepcionadas parcial o totalmente.

Plazo para subsanar.
TC no admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas sobre regularización de la posesión de la pequeña propiedad raíz.

Con suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidades que impugnan norma que incidiría en juicios laborales en que se pretende reconocimiento de relaciones de trabajo.

