Segunda sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que permitirían aplicar procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos en juicio contra municipalidad.
La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento de tutela laboral, seguidos ante el Juzgado de Letras de Molina

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucional, los artículos 1 inciso tercero y 485 del Código del Trabajo.
La primera disposición impugnada señala: “Con todo, los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente se sujetarán a las normas de este Código en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos”. Por su parte, el segundo precepto se refiere al ámbito de aplicación del procedimiento de tutela laboral, así como también a los actos discriminatorios señalados en el artículo 2° del mismo código, señalando también qué se entiende por vulneración de los derechos y garantías, además de la incompatibilidad del procedimiento de tutela laboral con el recurso de protección cuando se refiera a los mismos hechos.
La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento de tutela laboral, seguidos ante el Juzgado de Letras de Molina, en los que la municipalidad requirente fue demandada por una funcionaria municipal.
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