Diario Constitucional

Con voto en contra.

Norma que faculta a CMF para revocar la autorización o el nombramiento de personas o entidades para ejercer determinadas funciones o actuaciones por causa grave, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.

Decisión sancionatoria no cuenta con la densidad de fundamentos necesaria, haciendo que el acto sea arbitrario y carente de criterios que permitan ponderar la gravedad de hechos y la respuesta punitiva correspondiente.

Por Redacción·24 de diciembre de 2021·8 min de lectura
Norma que establece un procedimiento especial para el arrendamiento de predios urbanos se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto del artículo 37, N° 3, letra b), del Decreto Ley N° 3.538, que crea la Comisión para el Mercado Financiero, el que declaró inaplicable para la gestión pendiente.

El precepto legal impugnado establece:

“Artículo 37. Las personas o entidades diversas de aquéllas a que se refiere el inciso primero del artículo anterior que incurrieren en infracciones a las leyes, reglamentos, estatutos y demás normas que las rijan, o en incumplimiento de las instrucciones y órdenes que les imparta la Comisión, podrán ser objeto de la aplicación por parte de ésta de una o más de las siguientes sanciones, sin perjuicio de las establecidas específicamente en otros cuerpos legales o reglamentarios:

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