Diario Constitucional

Con votos en contra

Norma que impide declarar el abandono del procedimiento en juicios sobre infracción a la Ley de Pesca no produce resultados contrarios a la Constitución

La Magistratura señaló que esta diferencia respecto de los procedimientos civiles responde a la necesidad de proteger los recursos hidrobiológicos y asegurar la función sancionadora del Estado, estimando que la norma es constitucionalmente válida y proporcional. Dos ministros estuvieron por declarar inaplicable el precepto impugnado, argumentando que genera un trato desigual en favor de la Administración y podría afectar la pronta y justa administración de justicia.

Por Redacción·03 de octubre de 2025·3 min de lectura
aqua.cl
Referencial

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, que impugnó el artículo 125, numeral 18, de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura.

El precepto legal que se impugnó dispone lo siguiente:

«Artículo 125.- A los juicios a que se refiere el artículo precedente se aplicará el procedimiento que a continuación se señala:

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