Diario Constitucional

Con votos en contra.

Norma que tipifica y sanciona como delito poner en peligro la salud de la población en el contexto de la pandemia, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.

Infringe los principios de proporcionalidad y legalidad.

Por Redacción·23 de mayo de 2022·7 min de lectura
Tribunal Constitucional
Referencial

El Tribunal Constitucional declaró inaplicable para resolver la gestión pendiente el artículo 318 del Código Penal.

El precepto legal que no se podrá aplicar para resolver el juicio pendiente establece:

“El que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales.

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