Diario Constitucional

Decreto Ley Nº 321 y Ley Nº 21.124.

Normas que modifican requisitos para optar al beneficio de la libertad condicional, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

El requirente estima que los preceptos legales objetados vulneran la igualdad ante la ley, el principio de irretroactividad, el principio de legalidad y la esencia del derecho de libertad condicional.

Por Redacción·18 de noviembre de 2021·7 min de lectura
TC declaró admisible inaplicabilidad de norma que permite embargar subvenciones escolares a sostenedor educativo.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, inciso 1º del artículo 2, y los artículos 7 y 9 del Decreto Ley Nº 321, que establece la Libertad Condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad; junto al numeral 3º del artículo 1 de la Ley N° 21.124.

El inciso 1º del artículo 2, y el artículo 9 del Decreto Ley Nº 321, establecen:

“Artículo 2°.- Toda persona condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración podrá postular al beneficio de libertad condicional, siempre que cumpla con los siguientes requisitos […]”. (Inciso 1º).

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