Diario Constitucional

Segunda sala.

Nuevamente pretenden inaplicabilidad de norma del Código Civil que prohíbe indemnizar daño moral por imputaciones injuriosas.

La requirente estima que el precepto impugnado infringiría el derecho a la igualdad ante la ley, el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia y la seguridad jurídica.

Por Redacción·07 de septiembre de 2019·1 min de lectura
Nuevamente pretenden inaplicabilidad de norma del Código Civil que prohíbe indemnizar daño moral por imputaciones injuriosas.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 2331 del Código Civil.

El precepto impugnado establece: “Las imputaciones injuriosas contra el honor o el crédito de una persona no dan derecho para demandar una indemnización pecuniaria, a menos de probarse daño emergente o lucro cesante, que pueda apreciarse en dinero; pero ni aun entonces tendrá lugar la indemnización pecuniaria, si se probare la verdad de la imputación.”

La gestión pendiente incide en autos sobre indemnización de perjuicios, seguidos ante el Noveno Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, donde la requirente es demandante tras verse difamados por el demandado.

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