Debido proceso.
Presunta víctima de delito de falsificación de instrumento privado y extorsión, le solicita al TC que declare inaplicable norma que faculta al Ministerio Público a no perseverar en su proceso penal.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de apelación.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal.
El precepto impugnado establece, en síntesis, que se autoriza al Ministerio Público para adoptar la decisión de no perseverar en una investigación formalizada.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de apelación, en el que la requirente fue víctima del delito de falsificación de instrumento privado y extorsión. En dicho proceso, el Ministerio Público decidió cerrar la investigación sin formalización alguna y, en consecuencia, no perseverar.
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