Segunda sala.
Pretenden inaplicabilidad de norma de la Ley de Tránsito que infringiría la igualdad ante la ley al no permitir rebajar pena accesoria como en otros delitos de la misma naturaleza.
La gestión pendiente incide en proceso penal de que conoce el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 196 de la Ley Nº 18.290.
El precepto impugnado señala: “además de la suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de dos años”.
La gestión pendiente incide en proceso penal de que conoce el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, en los que consta una investigación que se inicia por denuncia de Carabineros de Chile imputando al requirente del delito de la Ley de Tránsito: conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad ( art. 196, inciso primero), según lo acredita el acta de la audiencia de requerimiento de procedimiento simplificado llevada a cabo en el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, bajo el RIT 3250-2019 y el certificado judicial exigido por el artículo 79, inciso segundo, de la L.O.T.C..
Te puede interesar

Segunda sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que entregarían excesiva discrecionalidad para dar de baja a carabineros vulnerando igualdad ante la ley.

Con disidencias.
TC rechazó inaplicabilidades que impugnaron normas de antiguo procedimiento penal que incidirían en caso «Fraude en el Ejército».

Con voto en contra.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que exigen consignación previa a la parte que haya promovido y perdido dos incidentes en el mismo juicio.

