Diario Constitucional

Carece de fundamento plausible.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma del Código Penal que infringiría el principio non bis in idem.

La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Chanco.

Por Redacción·03 de agosto de 2019·2 min de lectura
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma del Código Penal que infringiría el principio non bis in idem.
Referencial

El TC declaró derechamente inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 74 del Código Penal.

La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Chanco, en los que el requirente es imputado por los delitos de conducción de vehículo sin licencia y de conducción de licencia suspendida.

La requirente estima que el precepto impugnado vulnera las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y el debido proceso, toda vez que considera que de aplicar la disposición mencionada, se estaría afectando el principio de proporcionalidad, en estrecha relación con el principio de non bis in ídem, pues se le estaría sancionando por 2 ilícitos, no obstante que el imputado participa en un solo hecho, es decir el ente persecutor erradamente pretende que el sentenciador aplique el artículo 74 del Código Penal, lo cual resulta errado por no estar en presencia de un concurso real de delitos, como para pretender aplicar dos condenas, infringiendo el principio mencionado, y configurando la aplicación de tal precepto al caso concreto una inconstitucionalidad manifiesta.

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