Segunda Sala.
Pretenden inaplicabilidad de norma del Código Procesal Penal en juicio en contra de persona acusada por delito de injurias graves.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 281, incisos primero y tercero, del Código Procesal Penal.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “…Una vez distribuida la causa, cuando procediere, el juez presidente de la sala respectiva procederá de inmediato a decretar la fecha para la celebración de la audiencia del mismo, la que deberá tener lugar no antes de quince ni después de sesenta días desde la notificación del auto de apertura del juicio oral.”.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en los que se interpuso una querella criminal en contra de la requirente, por el delito de injurias graves.
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